¿Tienes dudas? Te ayudamos a resolverlas

Encuentra a continuación las respuestas a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes de Banca Privada. Si aún así no resolvemos tus dudas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¿Qué es un certificado de depósito a término o un CDT?

Es una opción de inversión, donde usted selecciona el  monto, el plazo y la periodicidad de pago de intereses que más le convenga. Al final del plazo seleccionado, usted recibirá dinero inicial.

¿Es el CDT un título negociable?

Si, este es negociable mediante endoso.

¿Qué tipo de tasa y base de cálculo utiliza La Hipotecaria?

CDT Tasa fija: usted obtiene un Título Valor a Término en pesos, que le reconoce rendimientos a una tasa de interés fija según el plazo pactado.  La base de cálculo es de 360 días.

¿Cómo puedo calcular los rendimientos?

Para calcular el valor de sus rendimientos, utilizamos la siguiente formula:
Monto de la inversión * ((%Tasa nominal) / (360 / (plazo del CDT)).

¿Cuál es el monto mínimo para la apertura de un CDT?

El monto mínimo para la apertura de un CDT es de cinco millones de pesos ($5.000.000,00).

¿Cuál es el plazo mínimo para la apertura de un CDT?

El plazo mínimo es de 30 días.

¿En qué plazos puedo escoger pago de los intereses?

Mensualmente, Trimestralmente, semestralmente o al vencimiento del período.

¿El CDT puede tener más de un titular?

Si, se puede tener más de un titular.

¿Dónde puedo consultar las tasas vigentes para los CDT?

Se pueden consultar en la página www.lahipotecaria.com, en el siguiente link de Tasas y Tarifas o llamando al Tel. 7051650 ext 1618.

¿Puedo redimir mi CDT antes de la fecha de vencimiento?

No es redimible antes de la fecha de vencimiento.

¿Después del vencimiento del CDT, con cuántos días cuento para reclamar mi dinero?

Usted puede redimir su CDT únicamente en la fecha de vencimiento o el día siguiente hábil si es festivo.

¿Qué pasa si no redimo mi CDT?

Conservamos el capital más intereses hasta que sean reclamados sin generar rendimientos o se prorroga por el mismo plazo a la tasa vigente.

¿Por tener un CDT, debo pagar algún impuesto?

Si debe pagar 4% sobre los rendimientos que corresponde a la retención en la fuente.

¿Cómo debo reclamar mis rendimientos o redimir mi CDT?

Para la redención es indispensable presentar el título en la oficina donde se realizó la apertura. La Hipotecaria entregará al tenedor legítimo que lo solicite personalmente o por intermedio de apoderado legalmente constituido el capital más los intereses causados y no pagados, generados por el depósito durante el plazo. El reintegro del depósito y de los intereses que correspondan se efectuará al tenedor legítimo mediante cheque o transferencia (con carta de solicitud del titular o titulares), previa presentación del CDT y el respectivo documento de identificación que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada.


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